Si recibes un aviso de embargo del IRS, puedes sentir que no tienes a dónde acudir. La idea de recibir cualquier carta en el correo con el sello del IRS puede hacer que cualquiera tenga miedo. Gran parte del temor al IRS se debe a una falta de comprensión sobre cómo funciona la agencia gubernamental, y ese temor puede afectar gravemente tu salud física y mental. Afortunadamente, el IRS no te sorprenderá con la incautación de tus salarios y otros activos. Recibirás muchas advertencias de antemano a las que puedes responder.
El IRS es el cobrador de deudas más poderoso del país y tiene amplios poderes para embargar dinero de tus cheques de pago o embargar los fondos en tu cuenta bancaria. Un embargo salarial o impuesto bancario puede ser una sorpresa inoportuna si tienes facturas pendientes de pago y puede arrojar tus finanzas al caos, lo que te retrasará meses en lograr tus objetivos financieros. En Community Tax te ayudaremos a navegar este proceso en cada paso del camino, y te brindaremos el mejor plan para ayudarte a saldar tu deuda.
¿Qué es un Aviso de intención de embargo?
Una notificación de intención de embargo (o CP90) es el último de varios avisos que informan a un contribuyente que el IRS comenzará a confiscar activos. No es de extrañar que estos avisos sean aterradores: los números y las letras del IRS pueden parecer confusos, especialmente con el estrés adicional de tener el IRS a la espalda. El Aviso de intención de embargo solo se envía si no has realizado los pagos pendientes de tus impuestos. Si no respondiste adecuadamente a los otros avisos, la Notificación final de intención de embargo establece que dentro de los treinta días posteriores a la fecha indicada en la carta, el IRS embargará tu salario, cuenta bancaria u otros activos disponibles.
Antes de que recibieras tu Aviso de intención de cobrar, el IRS te envió una serie de cuatro avisos de cobranza del IRS. Ten en cuenta que ninguno de tus activos o salarios se incautará durante el período de tiempo en ninguna de estas cartas; los activos solo se incautarán después de los 30 días posteriores a la fecha publicada en el Aviso de intención de aplicar el embargo. Estos avisos son advertencias para asegurarse de pagues tu deuda tributaria y para advertirte que tu pago es prácticamente inevitable (excepto en circunstancias excepcionales). Cuanto más ignores estas advertencias, más graves serán las consecuencias.
El primero de estos avisos se llama NoticeCP14, Estado 21. Esta carta tiene la intención de notificarte que has sido evaluado por la obligación tributaria federal que le debes al IRS, y que ahora eres parte de una secuencia de cinco cartas (la quinta es la Notificación de intención de embargo). Recuerda que tus activos no serán confiscados en este momento. Es ideal que respondas a la primera carta, para evitar cualquier interés adicional o penalizaciones que inevitablemente se acumularán con el tiempo si no respondes antes del Aviso de intención de embargo.
El segundo aviso se llama CP501, Estado 20. Si es recibida por una entidad comercial, es la primera de cuatro cartas secuenciales. El CP501 sirve como resumen de que todavía estás en el radar del IRS. El tercer aviso, o CP503, Estado 56 también se aplica a las entidades comerciales, y no hay un significado legal para este aviso, pero sigue siendo un recordatorio de que solo tienes poco tiempo antes del Aviso Final de Intención de embargo. El cuarto aviso, llamado CO504, Estado 58, e incluirá una solicitud de acuse de recibo. Para una empresa, este aviso tiene importancia legal, porque le permite al IRS embargar su reembolso de impuestos estatal. Sin embargo, el IRS aún no embargará sus activos.
El IRS no puede embargar para tomar tus ingresos en cualquiera de estos avisos antes del CP90. Sin embargo, el Aviso Final de Intención de embargo es por mucho el más crítico de todas las cartas y debes configurar un plan para pagar su deuda tributaria, o buscar expertos financieros para garantizar tu seguridad. Por supuesto, puedes evitar recibir un Aviso de intención de embargo si respondes a una de estas cartas con un pago. Sin embargo, si no respondes, seguro que recibirás un CP90 en tu correo.
El aviso es esencialmente un llamado a la acción para que respondas pagando tu saldo pendiente o respondiendo con otra opción viable que el IRS considerará. Si no respondes con un pago completo o negocias un plan de pago, luego de los treinta días, el IRS comenzará a confiscar todos los activos hasta que se cubra la deuda tributaria adeudada. Esto también incluye todas las penalidades e intereses incurridos.
¿Cómo puedo detener un embargo fiscal?
Afortunadamente, hay muchas maneras de sortear un posible embargo o gravamen. Si paga el monto total, incluidos los intereses y las multas, el IRS detendrá instantáneamente todos los decomisos de activos e ingresos. Si deseas pagar la suma total de inmediato, pero no tienes el dinero disponible, puedes refinanciar tu casa, obtener un préstamo, obtener un préstamo con garantía hipotecaria, usar crédito o solicitar la ayuda de familiares y amigos generosos.
Para muchos, sin embargo, esta no es una opción viable. Es posible que no estés en condiciones de pagar ese costo en el presente, o tal vez no sea prudente para tus finanzas a largo plazo. Muchas personas se sienten perdidas si no pueden pagar el monto total de inmediato. Sin embargo, hay otras opciones disponibles. El único problema es que la mayoría de los contribuyentes desconocen cuáles son sus opciones o cómo sortear de manera efectiva a través de ellas. Los profesionales con experiencia de Community Tax pueden ayudarte a detener las acciones de embargo fiscal si el IRS tiene uno en curso. Contáctanos ahora e incluso podremos evitar que los problemas de cobro comiencen. Community Tax puede guiarte a través de una serie de opciones, incluida la oferta en compromiso, acuerdos de pago en cuotas y declaraciones de deuda incobrables.
¿Debo solicitar una oferta en compromiso?
Una oferta de compromiso es un acuerdo con el IRS para pagar una cantidad menor de lo que realmente debes. Mientras estás en proceso de aprobación, se detiene toda la recaudación de activos y salarios. Si bien la aceptación de una oferta de compromiso es poco común, esta puede ser una opción maravillosa para los contribuyentes que enfrentan deudas considerables. El proceso de presentación es complicado, pero un profesional de impuestos puede ayudarte a determinar si tu solicitud será aceptada o no. Se requiere un proceso formal que debe contener información financiera completa y detallada que incluya las finanzas de tu cónyuge. Tu formulario será analizado, por lo que es importante revisar tu historial financiero de manera efectiva. En caso de ser aceptado, se liberará tu impuesto y se te considerará en regla con el IRS.
¿Qué hay de los acuerdos a plazos?
También puedes considerar solicitar un acuerdo de pago a plazos con el IRS. Este es un plan entre tú y el IRS que dice que pagarás su deuda en incrementos mensuales hasta que se liquide por completo. Una vez que se acepta un acuerdo, es probable que se libere tu embargo y te mantendrás en buen estado siempre que te mantengas al día con los pagos mensuales. Los profesionales de impuestos pueden ayudarte a determinar las solicitudes apropiadas para garantizar una mejor oportunidad de aceptación.
Existen cuatro tipos diferentes de acuerdos a plazos, y están diseñados para ayudarte a pagar tu deuda de manera eficiente. El IRS quiere tus impuestos adeudados, por lo tanto, es probable que te proporcionen estas opciones para que puedan cobrar. Aquí están los diversos tipos de acuerdos a plazos:
• Acuerdo de pagos garantizado. Si tu saldo pendiente es de $10,000 o menos, puedes ser elegible para establecer un Contrato de pago garantizado. Para calificar, debes tener un historial de presentación de todos sus impuestos. También debes haber presentado y pagado a tiempo en los últimos cinco años. Además, tampoco debes haber tenido un acuerdo de pago en los últimos cinco años. Finalmente, debes aceptar que tus pagos en cuotas liquidarán tu saldo completo, incluidos intereses y multas, en treinta y seis meses o menos. Siempre que sigas estas reglas y acuerdes declarar y pagar a tiempo para el futuro, el IRS está obligado a cumplir y establecer este sistema de pago para ti. Una de las mejores razones para usar este plan es porque el IRS no presentará un embargo preventivo de impuestos federal. Si se te envía una retención tributaria, será difícil conseguir crédito más adelante.
• Acuerdo coordinado de pago a plazos. Los contribuyentes están calificados para un acuerdo coordinado a plazos si él o ella debe $50,000 o menos. Sin embargo, al igual que la cuota enumerada anteriormente, existen otros criterios. Por ejemplo, debes poder pagar el saldo en setenta y dos meses o menos. También debe aceptar archivar todos sus impuestos, incluidos las declaraciones atrasados, y que pagarás sus impuestos en adelante. Este acuerdo es parte del “Programa Comienzo nuevo” instituido por el IRS, que retiró el monto adeudado límite de $25,000 para permitir más oportunidades para las personas que deben más.
• Acuerdos de pago parcial a plazos. Un acuerdo de pago parcial a plazos es más adecuado para aquellos que no califican para los acuerdos a plazos garantizados o coordinados. Este plan está diseñado para que el pago mensual se personalice en función de lo que puedes pagar menos tus gastos de subsistencia. El acuerdo de pago parcial a plazos está diseñado para aquellos con niveles de ingresos más bajos y puede establecerse para cubrir un plazo de amortización más largo, a diferencia de los otros dos planes. Una desventaja de este plan es que el IRS aún puede presentar un embargo impositivo para proteger sus intereses, y esto te hará vulnerable a la imposibilidad de obtener crédito. Para obtener este acuerdo de pago a plazos, debes tener en cuenta que debes completar un formulario de estado financiero emitido por el IRS. El IRS lo examinará y determinará lo que puedes pagar.
¿Cómo se puede declarar mi deuda como incobrable?
Podría ser que en tu caso financiero sea injusto que el IRS cobre cualquier impuesto vencido. Community Tax puede ayudarte a determinar si esto se aplica a tu dilema. Sin embargo, solo suspenderán las cobranzas una vez que se demuestre que en realidad son injustas. Si puede probar que un embargo salarial causa privaciones financieras indebidas, entonces el gobierno detendrá su recaudación. Los casos de dificultades financieras incluyen la incapacidad de pagar alimentos, alojamiento y otras necesidades básicas. Desafortunadamente, esta es una solución temporal, pero puede ser esencial para quienes luchan por obtener los fondos necesarios. Un profesional de impuestos puede analizar tu situación financiera, laboral y tributaria para determinar la mejor solución para ti.
Para detener las acciones de recaudación de impuestos, debes presentar todas las :declaraciones impositivas pendientes y llegar a una resolución con el IRS: como un acuerdo de pago en cuotas, un estado de dificultad económica o un acuerdo. Community Tax ha ayudado a miles de contribuyentes a presentar declaraciones de impuestos y lograr resoluciones con el IRS. Community Tax adaptará a tu medida un plan de resolución que puede detener o evitar los embargos fiscales y poner tu cuenta en buen estado con el IRS.
Si necesitas los servicios de recaudación de impuestos del IRS, permite que los experimentados profesionales en impuestos de Community Tax diseñen un plan para detener las acciones de embargo impositivas en tu cuenta hoy. Nuestra compañía brinda a los clientes una oportunidad única de trabajar directamente con todo nuestro equipo de resolución de impuestos, compuesto por agentes inscriptos, CPA, abogados tributarios, analistas de casos y administradores de casos. Esto se debe a la dedicación de nuestra empresa a la satisfacción del cliente y al servicio de calidad. Trabajamos diligentemente para garantizar que nuestros clientes estén informados y que sus problemas fiscales se manejen de manera eficiente. A diferencia de otras compañías de resolución, en las que los clientes pagan altas tarifas iniciales, Community Tax siempre somete a una investigación detallada las finanzas de nuestros clientes y garantiza que reciban los servicios necesarios para resolver completamente sus problemas fiscales. Obtén una consulta gratuita hoy y descubre cómo puedes obtener los servicios para el embargo de impuestos del IRS y tus otras necesidades de resolución de impuestos hoy. Llama al 1-888-676-4319.